La ley que conecta a las empresas mexicanas con la búsqueda de personas desaparecidas
- 10 jul
- 2 min de lectura
Actualizado: 21 jul
Una reforma de 2025 obliga a instituciones de más de once sectores a interconectarse con la Plataforma Única de Identidad. Entender qué implica es el primer paso para cumplir a tiempo.
CUMPLIMIENTO REGULATORIO

Pocas obligaciones regulatorias combinan un propósito social tan claro con un impacto tan amplio. El 16 de julio de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma a la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, que adicionó el Artículo 12 Bis. Con él nació una nueva responsabilidad para el sector privado: interconectarse con la Plataforma Única de Identidad (PUI), el sistema del Gobierno de México operado por RENAPO que ayuda a localizar personas desaparecidas.
El mecanismo es tan simple como poderoso. Cuando se reporta una persona desaparecida, la PUI busca su CURP en las bases de datos de todas las instituciones conectadas para detectar cualquier actividad posterior a la desaparición y alertar a las autoridades de búsqueda. No se trata de un repositorio central: cada institución conserva sus datos de forma independiente y solo notifica coincidencias por CURP, bajo estrictos controles de seguridad, autenticación JWT y cifrado AES-256-GCM.
La obligación alcanza a más de once sectores: servicios financieros, salud física y mental, transporte, telecomunicaciones, educación, paquetería, asistencia privada, hospedaje, atención residencial a adicciones y quienes administran bases de datos de personas, entre otros. El 31 de marzo de 2026, la CNBV confirmó que bancos, SOFOMes, aseguradoras y toda entidad del sistema financiero deben interconectarse.
El incumplimiento tiene consecuencias. El Artículo 43 Bis prevé multas de 10,000 a 20,000 veces el valor de la UMA para quienes no permitan el acceso o no proporcionen información, sanción verificada por la Secretaría de Gobernación. Pero más allá de la multa, el trasfondo es una causa que interpela a cualquier organización responsable: contribuir, desde la tecnología, a la localización de miles de personas.
El reto para las empresas es que la interconexión no es trivial. El Manual Técnico publicado en enero de 2026 describe en decenas de páginas los requisitos de integración, seguridad y operación. Ahí es donde soluciones como KYC PUI cobran sentido: un conector certificado que traduce esa complejidad técnica en un proceso guiado, permitiendo que las instituciones cumplan sin necesidad de construir la integración desde cero. El plazo legal correrá una vez publicado el último manual pendiente; anticiparse es la mejor forma de cumplir sin presiones.
Conoce cómo conectar tu institución a la PUI: pui.com.mx · WhatsApp 55 4762 6178







Comentarios